/ miércoles 1 de julio de 2020

El Congreso del Estado aprobó la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas

La junta de gobierno establecerá programas y políticas generales de trabajo

El Congreso del Estado aprobó la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas, medio alternativo en el que uno o más conciliadores asisten a las.partes para solucionar disputas, para facilitar las vías de diálogo, proponiendo alternativas y soluciones para resolver un conflicto jurídico laboral entre trabajadores y empleadores, en respuesta al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, que entrara en vigor el 1 de octubre del 2020.

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas estará integrado por el director general, una junta de gobierno como máxima autoridad, un presidente de la junta de gobierno, un secreto técnico de la junta de gobierno, estará sectorizado a la secretaría de Economía y del Trabajo.


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Ofrecerá el servicio público de conciliación laboral en conflictos de orden local, recibirá solicitudes de conciliación de las y los trabajadores y empleadores, celebrará convenios entre las partes del conflicto laboral, expedirá constancias de no conciliación, expedirá copias certificadas de los convenios laborales, seleccionará, formará, capacitará y evaluará a las y los conciliadores, implementará medidas que garanticen un ambiente laboral libre de discriminación, violencia y acoso.

Asimismo, solicitará la colaboración de las dependencias y entidades públicas y privadas, establecerá convenios con instituciones públicas y privadas y organizaciones sociales, difundirá sus servicios, impondrá multas, presentará informe anual al titular del poder Ejecutivo y atenderá asuntos que le instruya el gobernador constitucional del estado.

El presidente de la Junta de Gobierno será el secretario de Economía y del Trabajo, el secretario técnico será el titular de la Unidad de Apoyo Administrativo del Centro de Conciliación, los vocales serán las secretarías de Gobierno, Hacienda, Honestidad y Función Pública y la Consejería Jurídica del gobernador.



La Junta de Gobierno sesionará cuatro veces al año y de manera extraordinaria cuántas veces sea necesario, los acuerdos serán ejecutados por la dirección general.

La junta de gobierno establecerá programas y políticas generales de trabajo, presupuesto anual, informe de los comisarios y dictamen de los auditores, lineamientos para seleccionar a los conciliadores, vigilar la marcha del Centro de Conciliación, conocer informes y dictámenes.

Para la designación del director general, el gobernador enviara una terna al Congreso del Estado para su aprobación.

Antes de acudir a los tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, un comisario evaluará la eficiencia del Centro de Conciliación.


/JO

El Congreso del Estado aprobó la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas, medio alternativo en el que uno o más conciliadores asisten a las.partes para solucionar disputas, para facilitar las vías de diálogo, proponiendo alternativas y soluciones para resolver un conflicto jurídico laboral entre trabajadores y empleadores, en respuesta al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, que entrara en vigor el 1 de octubre del 2020.

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chiapas estará integrado por el director general, una junta de gobierno como máxima autoridad, un presidente de la junta de gobierno, un secreto técnico de la junta de gobierno, estará sectorizado a la secretaría de Economía y del Trabajo.


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Ofrecerá el servicio público de conciliación laboral en conflictos de orden local, recibirá solicitudes de conciliación de las y los trabajadores y empleadores, celebrará convenios entre las partes del conflicto laboral, expedirá constancias de no conciliación, expedirá copias certificadas de los convenios laborales, seleccionará, formará, capacitará y evaluará a las y los conciliadores, implementará medidas que garanticen un ambiente laboral libre de discriminación, violencia y acoso.

Asimismo, solicitará la colaboración de las dependencias y entidades públicas y privadas, establecerá convenios con instituciones públicas y privadas y organizaciones sociales, difundirá sus servicios, impondrá multas, presentará informe anual al titular del poder Ejecutivo y atenderá asuntos que le instruya el gobernador constitucional del estado.

El presidente de la Junta de Gobierno será el secretario de Economía y del Trabajo, el secretario técnico será el titular de la Unidad de Apoyo Administrativo del Centro de Conciliación, los vocales serán las secretarías de Gobierno, Hacienda, Honestidad y Función Pública y la Consejería Jurídica del gobernador.



La Junta de Gobierno sesionará cuatro veces al año y de manera extraordinaria cuántas veces sea necesario, los acuerdos serán ejecutados por la dirección general.

La junta de gobierno establecerá programas y políticas generales de trabajo, presupuesto anual, informe de los comisarios y dictamen de los auditores, lineamientos para seleccionar a los conciliadores, vigilar la marcha del Centro de Conciliación, conocer informes y dictámenes.

Para la designación del director general, el gobernador enviara una terna al Congreso del Estado para su aprobación.

Antes de acudir a los tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, un comisario evaluará la eficiencia del Centro de Conciliación.


/JO

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