Al no existir una orden de la autoridad jurisdiccional, como lo es la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), en tanto se lleva a cabo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, el desahogo de pruebas y alegatos difiriéndolo con fecha 28 de junio de 2019, toda elección carece de validez, señaló la maestra Juliana Matuz, integrante de la Planilla Magenta, quien busca la dirigencia del Sindicato del Personal Docente de la Universidad Autónoma de Chiapas (Spaunach).
“Hay que recordar que la JLCA es la instancia de validar la legalidad de las elecciones con la entrega de ‘La toma de nota’, documento que acredita la personalidad jurídica del Secretario General para suscribir todo tipo de documentos y representación de los agremiados”, indicó.
Por ello, puntualizaron del por qué no se deben llevar a cabo elecciones, mañana 6 de junio de 2019, para elegir el nuevo Comité Ejecutivo del Spaunach.
Precisaron que el país ha ratificado convenios internacionales y avalados en la Constitución Política y demás Leyes Aplicables al caso: Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, y a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.
Además, se establece, en el artículo 389, los trabajadores y sus organizaciones deben contar con el derecho de elegir a sus representantes en plena libertad y tales representantes deben tener el derecho de presentar las peticiones del personal.
En el 442, menciona que en los casos en que sean impugnados los resultados de elecciones sindicales, estas cuestiones deberían remitirse a los mandos judiciales, quienes deberían garantizar un procedimiento imparcial, objetivo y rápido.