/ viernes 4 de diciembre de 2020

Fallo de la SCJN un acto de justicia a los pueblos indígenas: PRI

El acto inconstitucional atentaba contra los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas debido a que el Legislativo local no consultó de forma previa


El Partido Revolucionario Institucional PRI, es y será garante de la lucha de los pueblos originarios, porque reconoce sus derechos, por ello la acción de inconstitucionalidad 158/2020 emitida por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), es un logro jurídico para las y los chiapanecos, manifestó el presidente del CDE, Rubén Antonio Zuarth Esquinca.

La declaratoria de invalidez de los decretos 235 y 237 que habían emitido la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, restablecen un orden democrático que el PRI abanderó desde la publicación de esos decretos y que defendió en tribuna a través del Grupo Parlamentario al interior del Congreso.

El acto inconstitucional atentaba contra los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas debido a que el Legislativo local no consultó de forma previa, libre e informada en la que deberían participar estas minorías; además, estas reformas comprometían la autonomía y funcionamiento del IEPC que provocaban intromisión de otros poderes y partidos políticos a la organización interna del órgano electoral, explicó Zuarth Esquinca.

La máxima autoridad jurisdiccional consideró válidos todos los agravios esgrimidos por el PRI, pero principalmente por lo que se refiere a las reformas electorales en materia indígena; en razón de ello, en uso de sus facultades de suplencia de la queja, observó que existían vicios del proceso legislativo al no consultar a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que determinó invalidar completamente los decretos 235 y 237, independientemente de haber estudiado el fondo de los agravios aportados en el escrito de demanda y que la corte consideró válidos.

El proceso de elección del año que viene se regirá bajo las reglas del Código de Elecciones y Participación Ciudadana que había sido abrogado; ahora el Consejo General del IEPC tendrá la ardua e inmediata tarea de adecuar el calendario electoral y toda la normatividad que se había emitido para hacer frente al Proceso Electoral Local Ordinario 2021.


El Partido Revolucionario Institucional PRI, es y será garante de la lucha de los pueblos originarios, porque reconoce sus derechos, por ello la acción de inconstitucionalidad 158/2020 emitida por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), es un logro jurídico para las y los chiapanecos, manifestó el presidente del CDE, Rubén Antonio Zuarth Esquinca.

La declaratoria de invalidez de los decretos 235 y 237 que habían emitido la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, restablecen un orden democrático que el PRI abanderó desde la publicación de esos decretos y que defendió en tribuna a través del Grupo Parlamentario al interior del Congreso.

El acto inconstitucional atentaba contra los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas debido a que el Legislativo local no consultó de forma previa, libre e informada en la que deberían participar estas minorías; además, estas reformas comprometían la autonomía y funcionamiento del IEPC que provocaban intromisión de otros poderes y partidos políticos a la organización interna del órgano electoral, explicó Zuarth Esquinca.

La máxima autoridad jurisdiccional consideró válidos todos los agravios esgrimidos por el PRI, pero principalmente por lo que se refiere a las reformas electorales en materia indígena; en razón de ello, en uso de sus facultades de suplencia de la queja, observó que existían vicios del proceso legislativo al no consultar a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que determinó invalidar completamente los decretos 235 y 237, independientemente de haber estudiado el fondo de los agravios aportados en el escrito de demanda y que la corte consideró válidos.

El proceso de elección del año que viene se regirá bajo las reglas del Código de Elecciones y Participación Ciudadana que había sido abrogado; ahora el Consejo General del IEPC tendrá la ardua e inmediata tarea de adecuar el calendario electoral y toda la normatividad que se había emitido para hacer frente al Proceso Electoral Local Ordinario 2021.

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