/ jueves 23 de mayo de 2019

Prohibida presencia de notarios foráneos

Poca vigilancia del área de trabajo de los fedatarios; hay más de 200 notarías en el estado

Ostentar una patente de notario público expedida por otra entidad y efectuar un acto reservado única y exclusivamente para quien presta ese mismo servicio en Chiapas, es una acción que amerita cárcel.

El artículo 276 de la Ley del Notariado de la entidad ordena imponer la pena correspondiente al delito de usurpación de funciones prevista en el Código Penal del Estado, a quien sin tener la titularidad de una notaría pública en Chiapas introduzca a la entidad por sí mismo o por terceros sus libros de protocolo o folios, a fin de llevar a cabo actuaciones para las que sólo tienen facultades quienes poseen una patente de fedatario otorgada en el estado.

El Código Penal de Chiapas, según los artículos 409, 410 y 411, sanciona la suplantación de funciones con prisión de entre seis meses y cinco años; así como con multa que oscilará entre las 20 y 200 unidades de medida y actualización (UMA).

El apartado 179 de la Ley del Notariado de la entidad establece que los actos, convenios y contratos sobre propiedad, posesión o cualquier otro derecho real vinculados con inmuebles ubicados en el estado, preferentemente debe protocolizarse ante alguna fedataria o fedatario de Chiapas. Violar este lineamiento tendría consecuencias.

“Las escrituras y actas serán nulas (…), si son autorizadas por el notario fuera del territorio del estado de Chiapas”, determina la fracción III del artículo 202 de ese ordenamiento.

El numeral 6 del Reglamento de la Ley del Notariado de la entidad faculta a quien brinde ese servicio a laborar fuera del distrito judicial al que está adscrito siempre que la Secretaría General de Gobierno del estado emita la autorización, previa solicitud por escrito de la persona interesada a la Dirección del Archivo General y Notarías del estado (DAC).

“Los notarios, actuando dentro de su circunscripción, podrán autenticar actos jurídicos referentes a otro lugar. En cuanto a los hechos jurídicos, sólo podrán actuar dentro de su circunscripción”, según el artículo 46 de la misma normatividad.

Miembros del Colegio Regional de Notarios de Chiapas Región Centro informaron que la DAC es el ente responsable de vigilar que quienes son fedatarios respeten su jurisdicción, sin embargo, en la práctica las circunscripciones no son respetadas, cosa que no es exclusiva de la entidad



“Pero esa no es culpa nuestra, es culpa de la autoridad que debe vigilar el cumplimiento de la ley (…), no podemos 'piratear' (...), lo importante es que se respete a los notarios de la zona, que les llegue el trabajo, es lo ideal ", puntualizó una de las fuentes.

Quien ostenta la patente de notario público participan en 200 actos jurídicos, compraventas, poderes, constitución de sociedades, certificación y copia de documentos, así como testamentos son sus servicios más recurridos en la entidad.

En Chiapas en la actualidad hay 230 notarías, en algunas el titular está ausente porque solicitaron licencia para dedicarse de manera temporal a otra actividad.

Ostentar una patente de notario público expedida por otra entidad y efectuar un acto reservado única y exclusivamente para quien presta ese mismo servicio en Chiapas, es una acción que amerita cárcel.

El artículo 276 de la Ley del Notariado de la entidad ordena imponer la pena correspondiente al delito de usurpación de funciones prevista en el Código Penal del Estado, a quien sin tener la titularidad de una notaría pública en Chiapas introduzca a la entidad por sí mismo o por terceros sus libros de protocolo o folios, a fin de llevar a cabo actuaciones para las que sólo tienen facultades quienes poseen una patente de fedatario otorgada en el estado.

El Código Penal de Chiapas, según los artículos 409, 410 y 411, sanciona la suplantación de funciones con prisión de entre seis meses y cinco años; así como con multa que oscilará entre las 20 y 200 unidades de medida y actualización (UMA).

El apartado 179 de la Ley del Notariado de la entidad establece que los actos, convenios y contratos sobre propiedad, posesión o cualquier otro derecho real vinculados con inmuebles ubicados en el estado, preferentemente debe protocolizarse ante alguna fedataria o fedatario de Chiapas. Violar este lineamiento tendría consecuencias.

“Las escrituras y actas serán nulas (…), si son autorizadas por el notario fuera del territorio del estado de Chiapas”, determina la fracción III del artículo 202 de ese ordenamiento.

El numeral 6 del Reglamento de la Ley del Notariado de la entidad faculta a quien brinde ese servicio a laborar fuera del distrito judicial al que está adscrito siempre que la Secretaría General de Gobierno del estado emita la autorización, previa solicitud por escrito de la persona interesada a la Dirección del Archivo General y Notarías del estado (DAC).

“Los notarios, actuando dentro de su circunscripción, podrán autenticar actos jurídicos referentes a otro lugar. En cuanto a los hechos jurídicos, sólo podrán actuar dentro de su circunscripción”, según el artículo 46 de la misma normatividad.

Miembros del Colegio Regional de Notarios de Chiapas Región Centro informaron que la DAC es el ente responsable de vigilar que quienes son fedatarios respeten su jurisdicción, sin embargo, en la práctica las circunscripciones no son respetadas, cosa que no es exclusiva de la entidad



“Pero esa no es culpa nuestra, es culpa de la autoridad que debe vigilar el cumplimiento de la ley (…), no podemos 'piratear' (...), lo importante es que se respete a los notarios de la zona, que les llegue el trabajo, es lo ideal ", puntualizó una de las fuentes.

Quien ostenta la patente de notario público participan en 200 actos jurídicos, compraventas, poderes, constitución de sociedades, certificación y copia de documentos, así como testamentos son sus servicios más recurridos en la entidad.

En Chiapas en la actualidad hay 230 notarías, en algunas el titular está ausente porque solicitaron licencia para dedicarse de manera temporal a otra actividad.

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