/ lunes 25 de mayo de 2020

Proponen consejeros electorales reformas al Código de Elecciones y Participación Ciudadana

El paquete de propuestas es producto de las experiencias de la institución electoral en el pasado proceso electoral 2017-2018, y de una serie de mesas y reuniones de trabajo


El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas presentó al Congreso del Estado, propuestas de reformas y adecuaciones al Código de Elecciones y Participación Ciudadana, a efecto de fortalecer este Código, para el próximo Proceso Electoral Local Ordinario que iniciará en enero del 2021.

El IEPC que preside Oswaldo Chacón Rojas, señala que el paquete de propuestas es producto de las experiencias de la institución electoral en el pasado proceso electoral 2017-2018, y de una serie de mesas y reuniones de trabajo entre consejeras, consejeros, representantes de todos los partidos políticos acreditados y funcionarios de la institución.

El Órgano Público Local Electoral precisa en un comunicado que la propuesta goza de la legitimidad del consenso entre las diversas fuerzas partidistas acreditadas en el estado.

La presentación se hace con respeto a la autonomía del Congreso del Estado para su valoración, con base en la obligación que está establecida en el marco jurídico buscando fortalecer la garantía de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Asimismo, para dar mayor certeza a los actores políticos y sociales, así como fortalecer a las instituciones electorales y las reglas de equidad en la próxima contienda.

La propuesta de consta de 10 apartados que comprenden la maximización de los derechos políticos electorales de la ciudadanía; la garantía de representación política indígena, de las mujeres y de las juventudes; el fortalecimiento a candidaturas independientes; la prevención de actos de simulación; la precisión y fortalecimiento de las reglas de competencia; la adecuación del marco normativo de la reforma federal contra la violencia política contra las mujeres en razón de género y la renovación de autoridades municipales bajo el régimen de sistema normativo indígena.

Entre las propuestas más relevantes se encuentra maximizar los derechos políticos electorales de las y los ciudadanos, por lo que se propone reconocer el derecho al sufragio pasivo de la ciudadanía chiapaneca por residencia.

Para la renovación de autoridades en municipios con mayoría de población indígena, se establece el deber de los partidos políticos acreditados de registrar por lo menos el 60 por ciento de candidaturas indígenas en municipios con al menos 60% de población indígena y registrar fórmulas de candidatura indígena tratándose de distritos determinados indígenas por el Instituto Nacional Electoral.

Se propone la adición de un título en el Código de Elecciones y Participación Ciudadana para establecer el reconocimiento del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir autoridades municipales bajo su sistema normativo indígena.

Para garantizar la representación política de las juventudes, se plantea que los partidos políticos deban registrar fórmulas de candidaturas con ciudadanas y ciudadanos menores de 30 años en el 10 % de sus listas, de las cuáles por lo menos el 50% deberán ser en calidad de propietarios.

Respecto al tema de violencia política contra las mujeres en razón de género, la propuesta contempla la armonización del Código de Elecciones y Participación Ciudadana con la reciente reforma federal para facultar a las autoridades electorales para que soliciten a las autoridades competentes medidas preventivas por conductas que puedan constituir este tipo de violencia y la instrumentación del procedimiento especial sancionador por conductas que la constituyan.

Quienes son sujetos de responsabilidad por estos casos y se precisan las conductas que los configuran de manera enunciativa más no limitativa, se establece el aumento de las sanciones de una mitad del mínimo a una mitad del máximo cuando intervengan funcionarios o dirigentes partidistas y se emplee violencia, engaño o se aproveche una situación de vulnerabilidad y se instaura como requisito para para ocupar un cargo de elección popular no haber ejercido violencia política en razón de género, por sentencia o resolución firme.

/BJ


El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas presentó al Congreso del Estado, propuestas de reformas y adecuaciones al Código de Elecciones y Participación Ciudadana, a efecto de fortalecer este Código, para el próximo Proceso Electoral Local Ordinario que iniciará en enero del 2021.

El IEPC que preside Oswaldo Chacón Rojas, señala que el paquete de propuestas es producto de las experiencias de la institución electoral en el pasado proceso electoral 2017-2018, y de una serie de mesas y reuniones de trabajo entre consejeras, consejeros, representantes de todos los partidos políticos acreditados y funcionarios de la institución.

El Órgano Público Local Electoral precisa en un comunicado que la propuesta goza de la legitimidad del consenso entre las diversas fuerzas partidistas acreditadas en el estado.

La presentación se hace con respeto a la autonomía del Congreso del Estado para su valoración, con base en la obligación que está establecida en el marco jurídico buscando fortalecer la garantía de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Asimismo, para dar mayor certeza a los actores políticos y sociales, así como fortalecer a las instituciones electorales y las reglas de equidad en la próxima contienda.

La propuesta de consta de 10 apartados que comprenden la maximización de los derechos políticos electorales de la ciudadanía; la garantía de representación política indígena, de las mujeres y de las juventudes; el fortalecimiento a candidaturas independientes; la prevención de actos de simulación; la precisión y fortalecimiento de las reglas de competencia; la adecuación del marco normativo de la reforma federal contra la violencia política contra las mujeres en razón de género y la renovación de autoridades municipales bajo el régimen de sistema normativo indígena.

Entre las propuestas más relevantes se encuentra maximizar los derechos políticos electorales de las y los ciudadanos, por lo que se propone reconocer el derecho al sufragio pasivo de la ciudadanía chiapaneca por residencia.

Para la renovación de autoridades en municipios con mayoría de población indígena, se establece el deber de los partidos políticos acreditados de registrar por lo menos el 60 por ciento de candidaturas indígenas en municipios con al menos 60% de población indígena y registrar fórmulas de candidatura indígena tratándose de distritos determinados indígenas por el Instituto Nacional Electoral.

Se propone la adición de un título en el Código de Elecciones y Participación Ciudadana para establecer el reconocimiento del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir autoridades municipales bajo su sistema normativo indígena.

Para garantizar la representación política de las juventudes, se plantea que los partidos políticos deban registrar fórmulas de candidaturas con ciudadanas y ciudadanos menores de 30 años en el 10 % de sus listas, de las cuáles por lo menos el 50% deberán ser en calidad de propietarios.

Respecto al tema de violencia política contra las mujeres en razón de género, la propuesta contempla la armonización del Código de Elecciones y Participación Ciudadana con la reciente reforma federal para facultar a las autoridades electorales para que soliciten a las autoridades competentes medidas preventivas por conductas que puedan constituir este tipo de violencia y la instrumentación del procedimiento especial sancionador por conductas que la constituyan.

Quienes son sujetos de responsabilidad por estos casos y se precisan las conductas que los configuran de manera enunciativa más no limitativa, se establece el aumento de las sanciones de una mitad del mínimo a una mitad del máximo cuando intervengan funcionarios o dirigentes partidistas y se emplee violencia, engaño o se aproveche una situación de vulnerabilidad y se instaura como requisito para para ocupar un cargo de elección popular no haber ejercido violencia política en razón de género, por sentencia o resolución firme.

/BJ

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