/ lunes 20 de agosto de 2018

Regresa TEPJF diputaciones federales a exfuncionarios

  • En el caso del distrito 2 de Bochil la Sala Superiordice que Humberto Pedrero, “ha llevado a cabo diversos trabajos yservicios de interés para la comunidad indígena”

La Sala Superior del Tribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación (TEPJF), regresó las constancias deganadores a los candidatos de la coalición “Todos porMéxico”, Humberto Pedrero Moreno y Roberto Rubio, ambos acusadosde haber falseado información con respecto a su descendenciaindígena y no cumplir con requisitos de elegibilidad.

Los dos exfuncionarios de la actual administración,fueron impugnados por integrantes de la alianza citada, en la SalaXalapa; semanas antes se les revocó dicho documento, motivo por elcual ambos se inconformaron ante la sala superior, la cual al finalles dio por válido el triunfo y su aceptación como nativos.

En el primer caso: Roberto Rubio, exsecretariotécnico de la actual administración, la sentencia emitida por laSala Xalapa en donde le otorgaba el triunfo a la coalición“Juntos Haremos Historia”, la Sala Superior señaló que elcandidato a pesar de no haber estado registrado de todo elprocedimiento, si cumplía con el requisito de elegibilidad yrevocaba la sentencia del primer órgano jurisdiccional que lodejó como ganador.

En el segundo caso: del extitular de la Secretaríade Hacienda, y de acuerdo con la sesión pública efectuada lamadrugada de ayer, los magistrados electorales federalesdeterminaron que la Sala Xalapa no había hecho un análisisadecuado de la impugnación y que por lo tanto la sentencia queemitió debía ser revocada.

“Se propone declarar fundado el agravio relativo ala indebida valoración probatoria por parte de la Salaresponsable, lo anterior puesto que esta valoración debe llevarsea cabo bajo la perspectiva intercultural conforme a la cual, laexigencia probatoria debe analizarse de una manera más flexiblecon base en la sana crítica, la lógica y las máximas de laexperiencia, a efecto de que todos y cada uno de los elementosdemostrativos allegados al proceso sean examinados atendiendo a sunaturaleza y características específicas, por no ser válidodejar de otorgarles valor y eficacia con motivo del incumplimientode algún formalismo legal, esto con el fin de procurar compensarlas circunstancias de desventaja procesal que pudiesen tener frenteal rigorismo de reglas probatorias”.

La Sala Superior justifica su revocación de lasentencia de la Sala Xalapa en el caso concreto del Distrito 2 consede en Bochil a favor de Humberto Pedrero Moreno, bajo la premisade que éste ha ejecutado labores en favor de los pueblosoriginarios.

“En el tenor apuntado, teniendo en consideraciónel convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, cabetener en cuenta que la auto adscripción que efectúan las personasindígenas parte de un principio de buena fe. En tales condicionesy a partir de la valoración intercultural que se lleva a cabo detodo el caudal probatorio que obra en autos, se arriba a laconclusión de que el extremo mencionado está acreditado, toda vezque más allá de que la constancia exhibida por los candidatos queresultaron ganadores se hubiera expedido por una autoridad ejidal,en la especie está probado que los documentos se emitieron porautoridades aborígenes, quienes dan cuenta que el aspirante queobtuvo el triunfo en las urnas es nativo y ha llevado a cabodiversos trabajos y servicios de interés para la comunidadindígena”.

Finalmente, los magistrados federales electoralesdecretaron revocar la sentencia de la Sala Xalapa y otorgar laconstancia de validez a Humberto Pedrero Moreno de la alianza“Todos por México”.

  • En el caso del distrito 2 de Bochil la Sala Superiordice que Humberto Pedrero, “ha llevado a cabo diversos trabajos yservicios de interés para la comunidad indígena”

La Sala Superior del Tribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación (TEPJF), regresó las constancias deganadores a los candidatos de la coalición “Todos porMéxico”, Humberto Pedrero Moreno y Roberto Rubio, ambos acusadosde haber falseado información con respecto a su descendenciaindígena y no cumplir con requisitos de elegibilidad.

Los dos exfuncionarios de la actual administración,fueron impugnados por integrantes de la alianza citada, en la SalaXalapa; semanas antes se les revocó dicho documento, motivo por elcual ambos se inconformaron ante la sala superior, la cual al finalles dio por válido el triunfo y su aceptación como nativos.

En el primer caso: Roberto Rubio, exsecretariotécnico de la actual administración, la sentencia emitida por laSala Xalapa en donde le otorgaba el triunfo a la coalición“Juntos Haremos Historia”, la Sala Superior señaló que elcandidato a pesar de no haber estado registrado de todo elprocedimiento, si cumplía con el requisito de elegibilidad yrevocaba la sentencia del primer órgano jurisdiccional que lodejó como ganador.

En el segundo caso: del extitular de la Secretaríade Hacienda, y de acuerdo con la sesión pública efectuada lamadrugada de ayer, los magistrados electorales federalesdeterminaron que la Sala Xalapa no había hecho un análisisadecuado de la impugnación y que por lo tanto la sentencia queemitió debía ser revocada.

“Se propone declarar fundado el agravio relativo ala indebida valoración probatoria por parte de la Salaresponsable, lo anterior puesto que esta valoración debe llevarsea cabo bajo la perspectiva intercultural conforme a la cual, laexigencia probatoria debe analizarse de una manera más flexiblecon base en la sana crítica, la lógica y las máximas de laexperiencia, a efecto de que todos y cada uno de los elementosdemostrativos allegados al proceso sean examinados atendiendo a sunaturaleza y características específicas, por no ser válidodejar de otorgarles valor y eficacia con motivo del incumplimientode algún formalismo legal, esto con el fin de procurar compensarlas circunstancias de desventaja procesal que pudiesen tener frenteal rigorismo de reglas probatorias”.

La Sala Superior justifica su revocación de lasentencia de la Sala Xalapa en el caso concreto del Distrito 2 consede en Bochil a favor de Humberto Pedrero Moreno, bajo la premisade que éste ha ejecutado labores en favor de los pueblosoriginarios.

“En el tenor apuntado, teniendo en consideraciónel convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, cabetener en cuenta que la auto adscripción que efectúan las personasindígenas parte de un principio de buena fe. En tales condicionesy a partir de la valoración intercultural que se lleva a cabo detodo el caudal probatorio que obra en autos, se arriba a laconclusión de que el extremo mencionado está acreditado, toda vezque más allá de que la constancia exhibida por los candidatos queresultaron ganadores se hubiera expedido por una autoridad ejidal,en la especie está probado que los documentos se emitieron porautoridades aborígenes, quienes dan cuenta que el aspirante queobtuvo el triunfo en las urnas es nativo y ha llevado a cabodiversos trabajos y servicios de interés para la comunidadindígena”.

Finalmente, los magistrados federales electoralesdecretaron revocar la sentencia de la Sala Xalapa y otorgar laconstancia de validez a Humberto Pedrero Moreno de la alianza“Todos por México”.

Local

Migrantes en Tuxtla optan por quedarse ante temor a la violencia en las carreteras

El temor ante la situación de inseguridad en las carreteras de Chiapas ha llevado a muchos migrantes a optar por quedarse en la ciudad

Policiaca

Ladrón es amarrado en colonia de San Cristóbal

El sujeto fue visto por los habitantes al querer extraer herramientas dentro de un domicilio, lo amarraron y golpearon, horas más tarde arribo la policía municipal

Elecciones 2024

Se registra Paco Rojas, busca la presidencia municipal de Tuxtla Gutiérrez

También presentó a quienes van a integrar a su planilla para las elecciones del 2 de junio

Local

Autobuses Aexa suspende servicios nocturnos

Esta medida se decidió con la finalidad de salvaguardar a los pasajeros

Local

5 Actividades para disfrutar del Parque Arcotete en Chiapas

Con estas recomendaciones, estás listo para explorar y disfrutar del espectacular Parque Arcotete en Chiapas