/ domingo 14 de febrero de 2021

Tribunal Electoral, comprometido con derechos electorales indígenas

Actualmente sólo hay dos legisladores indígenas en Chiapas, Tribunal considera que se debe abrir más espacio para los pueblos originarios


En el presente proceso electoral local los pueblos originarios deberán ser incluidos en las candidaturas a puestos de elección, en el Congreso del Estado sólo existen solo dos diputados indígenas de los 40, solo dos representantes de los 12 grupos indígenas, un tsotsil de Chamula de mayoría relativa por el PRI y una representación plurinominal chol por Morena.

Mientras que de los 32 ayuntamientos gobernados por mujeres, en 14 se presenta la usurpación de funciones y ante ello, el Tribunal Electoral del Estado (TEECH) advierte una defensa de los derechos de los pueblos indígenas, en el actual proceso electoral, que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, suman un millón 835 mil 102 personas.



Ellos pertenecen a los grupos lingüísticos: cho'l, tseltal, tsotsil,

zoque, tojolabal, kaqchikel, mocho, mame, chuje, jacalteco, canjobal y lacandón maya, pero no están representados ni en el Congreso de la Unión, porque en el 2018 se consumó la usurpación de identidad por parte de los diputados federales del Partido Verde Ecologista de

México en el distrito 02 con cabecera en Bochil con Humberto Pedrero Moreno y 11 de Las Margaritas, con Roberto Antonio Rubio Montejo.

El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas a cargo de Celia Sofía de Jesús Ruiz Olvera, expuso que habrá se actuará con la mayor responsabilidad a través de los "Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los ciudadanos originarios de comunidades indígenas en el sistema normativo interno, para garantizar la salvaguarda de sus derechos político electorales consignados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución local y la Ley de Medios de Impugnación del Estado de Chiapas.



Precisa que estos se calificarán conforme a lo dispuesto en la Constitución federal y local, Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, Ley de Medios de Impugnación, protocolos que se manejan en casos específicos como violencia política en razón de género, así como de interculturalidad, y los que sean de competencia en la materia electoral.




En el presente proceso electoral local los pueblos originarios deberán ser incluidos en las candidaturas a puestos de elección, en el Congreso del Estado sólo existen solo dos diputados indígenas de los 40, solo dos representantes de los 12 grupos indígenas, un tsotsil de Chamula de mayoría relativa por el PRI y una representación plurinominal chol por Morena.

Mientras que de los 32 ayuntamientos gobernados por mujeres, en 14 se presenta la usurpación de funciones y ante ello, el Tribunal Electoral del Estado (TEECH) advierte una defensa de los derechos de los pueblos indígenas, en el actual proceso electoral, que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, suman un millón 835 mil 102 personas.



Ellos pertenecen a los grupos lingüísticos: cho'l, tseltal, tsotsil,

zoque, tojolabal, kaqchikel, mocho, mame, chuje, jacalteco, canjobal y lacandón maya, pero no están representados ni en el Congreso de la Unión, porque en el 2018 se consumó la usurpación de identidad por parte de los diputados federales del Partido Verde Ecologista de

México en el distrito 02 con cabecera en Bochil con Humberto Pedrero Moreno y 11 de Las Margaritas, con Roberto Antonio Rubio Montejo.

El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas a cargo de Celia Sofía de Jesús Ruiz Olvera, expuso que habrá se actuará con la mayor responsabilidad a través de los "Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los ciudadanos originarios de comunidades indígenas en el sistema normativo interno, para garantizar la salvaguarda de sus derechos político electorales consignados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución local y la Ley de Medios de Impugnación del Estado de Chiapas.



Precisa que estos se calificarán conforme a lo dispuesto en la Constitución federal y local, Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, Ley de Medios de Impugnación, protocolos que se manejan en casos específicos como violencia política en razón de género, así como de interculturalidad, y los que sean de competencia en la materia electoral.



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