/ jueves 14 de noviembre de 2019

Autorizan la construcción de planta de amoniaco en Sinaloa

Un juez federal aseguró la operación de dicha planta no causará daños irreparables a las Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira

Un juez federal dio luz verde para la construcción y operación de una Planta de Amoniaco en Topolobampo, Sinaloa, asegurando que la operación de dicha planta no causará daños irreparables a las Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira, por el contrario, coadyuvará a su regeneración y preservación.

Ello luego que representantes del ejido “El Muellecito” promovieron un juicio de amparo en contra de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental perteneciente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por autorizar la construcción y operación del proyecto “Planta de Amoniaco de 2,200 TMPD” en Topolobampo, Sinaloa.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que con base en el principio In dubio pro natura y en protección a la soberanía alimentaria, el juez José Francisco Pérez Mier negó el amparo a los ejidatarios, ya que el estudio de impacto y riesgo ambiental -que autorizó de manera condicionada dicha obra- no viola los derechos humanos a un ambiente sano, al desarrollo sustentable, a la salud y al agua.

El impartidor de justicia dijo que se acreditó fehacientemente que la construcción y operación de la planta no generará un desastre ambiental, ni afectará la salud de quienes habitan cerca; tampoco ocasionará daño a la flora y fauna que habita el lugar, catalogado como Sitio Ramsar, denominación que se le da a un humedal para incluirlo en la lista de humedales de importancia internacional por su relevancia para el ecosistema mundial.

Por el contrario, -dijo- se establece que la empresa está obligada a adoptar medidas que eviten que se sigan recibiendo descargas de aguas negras, restos de fertilizantes e insecticidas que a diario desembocan en la Bahía.

Se puntualiza que las medidas implementadas y las acciones condicionadas que debe cumplir la empresa son suficientes para disipar cualquier presunción de riesgo de que ocurra un desastre ecológico que genere daños irreparables a las lagunas, que conforman un sistema integral de relevancia biológica y ecológica indispensable para la subsistencia de la humanidad.

De igual forma se reconoce que la obra beneficiaría a la colectividad con la reactivación económica y nuevas fuentes de empleo; además de que propiciaría mayor competitividad de los agricultores al acceder a insumos nacionales a menor precio, evitando así la dependencia de importar insumos básicos para la actividad agrícola como el amoníaco.

Un juez federal dio luz verde para la construcción y operación de una Planta de Amoniaco en Topolobampo, Sinaloa, asegurando que la operación de dicha planta no causará daños irreparables a las Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira, por el contrario, coadyuvará a su regeneración y preservación.

Ello luego que representantes del ejido “El Muellecito” promovieron un juicio de amparo en contra de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental perteneciente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por autorizar la construcción y operación del proyecto “Planta de Amoniaco de 2,200 TMPD” en Topolobampo, Sinaloa.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que con base en el principio In dubio pro natura y en protección a la soberanía alimentaria, el juez José Francisco Pérez Mier negó el amparo a los ejidatarios, ya que el estudio de impacto y riesgo ambiental -que autorizó de manera condicionada dicha obra- no viola los derechos humanos a un ambiente sano, al desarrollo sustentable, a la salud y al agua.

El impartidor de justicia dijo que se acreditó fehacientemente que la construcción y operación de la planta no generará un desastre ambiental, ni afectará la salud de quienes habitan cerca; tampoco ocasionará daño a la flora y fauna que habita el lugar, catalogado como Sitio Ramsar, denominación que se le da a un humedal para incluirlo en la lista de humedales de importancia internacional por su relevancia para el ecosistema mundial.

Por el contrario, -dijo- se establece que la empresa está obligada a adoptar medidas que eviten que se sigan recibiendo descargas de aguas negras, restos de fertilizantes e insecticidas que a diario desembocan en la Bahía.

Se puntualiza que las medidas implementadas y las acciones condicionadas que debe cumplir la empresa son suficientes para disipar cualquier presunción de riesgo de que ocurra un desastre ecológico que genere daños irreparables a las lagunas, que conforman un sistema integral de relevancia biológica y ecológica indispensable para la subsistencia de la humanidad.

De igual forma se reconoce que la obra beneficiaría a la colectividad con la reactivación económica y nuevas fuentes de empleo; además de que propiciaría mayor competitividad de los agricultores al acceder a insumos nacionales a menor precio, evitando así la dependencia de importar insumos básicos para la actividad agrícola como el amoníaco.

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