Habitantes de Honduras de la Sierra demandan cumplimiento a reforma Constitucional

Refirió que la primera aprobación para el municipio 124 fue el 25 de abril del 2018

Isaí López | El Heraldo de Chiapas

  · miércoles 19 de febrero de 2020

La comunidad Honduras de la Sierra se localiza en las altas y frías montañas de la Sierra Madre de Chiapas, durante muchos años perteneció al municipio de Siltepec, es el municipio número 124, Integrado por 63 comunidades. / Foto: Isaí López


La comunidad Honduras de la Sierra se localiza en las altas y frías montañas de la Sierra Madre, durante muchos años perteneció al municipio de Siltepec, que tras la reforma al artículo 2 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, es el municipio número 124, integrado por 63 comunidades, las comunidades exigen cumplimiento a la legalidad y constituir el primer Concejo Municipal.

El representante de las comunidades, Noé Pérez Morales, dijo que no se ha hecho justicia a los ejidos: El Letrero, Nueva Argentina, Pablo Galeana, Las Delicias, Santa Isabel Zuan, Cerro Perote, Loma Bonita Ángel Díaz y el ejido Honduras de la Sierra, debido a que no se ha nombrado su autoridad municipal, y que a su juicio tendría que ser este 19 de febrero del 2020, lo que sería su primera autoridad municipal.


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Enfatizó en entrevista a su llegada a la sede del Congreso del Estado, que el 25 de abril del 2018 por unanimidad la pasada LXVI Legislatura aprobó la creación del nuevo municipio, con la finalidad de impulsar el desarrollo de infraestructura básica en beneficio de la población.

Refirió que la primera aprobación para el municipio 124 fue el 25 de abril del 2018, aunque el ayuntamiento de Siltepec se inconformó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aunque las autoridades jurisdiccionales validaron el decreto del Congreso del Estado.

En el desahogó de la controversia constitucional 234/2019, promovido por el cabildo de Siltepec en contra del decreto número 205, “Minuta de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, por el que se crea el municipio Honduras de la Sierra”, estableció que no es susceptible de impugnación.

En ese sentido, SCJN, el 3 de julio del 2019, a propuesta de la ministra instructora, Yasmín Esquivel Mossa, desechó de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la demanda presentada en vía de controversia constitucional por el municipio de Siltepec y ordenó que se archive el expediente como asunto concluido.

/TG