/ lunes 9 de septiembre de 2019

Atenta Reforma Laboral contra la libertad sindical, todos los contratos colectivos penden de un hilo

Permite que hasta quienes no trabajan creen su sindicato; cambios frenarán las inversiones: CTM

Tuxtla Gutiérrez.- La Reforma Laboral aprobada este año inhibirá aún más la inversión privada y fomentará todavía más la violación a los derechos sindicales, de acuerdo con el coordinación nacional jurídico de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Gustavo Macías Sandoval.

Dijo que hay inconsistencias en las modificaciones efectuadas a la legislación en la materia. Una de ella es que a partir de este año pueden constituirse “sindicatos de no trabajadores”, debido a que durante los ajustes las autoridades suprimieron el término “trabajadores activos” en la Ley Federal del Trabajo.

Hay antecedentes de casos de ese tipo. En lo que va de este sexenio la Secretaría del Trabajo y Previsión Social federal (STPS) registró el primer sindicato de no trabajadores. Ese sindicato estuvo involucrado en los conflictos laborales que ocurrieron en el Norte del país a inicios del año, de los cuales el último tuvo resolución hace apenas unas semanas, aseguró.

El exrepresentante de la CTM ante la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) informó que el protocolo que los gremios tienen que seguir para revalidar los contratos colectivos que existían antes de la Reforma Laboral “está plagado de discrecionalidad”. Por ejemplo, no especifica las condiciones que llevarán a la STPS a invalidar el proceso de consulta; además, todos los formatos que deben emplearse también deben solicitarse a esa dependencia.

Los sindicatos tienen hasta 2023 para legitimar los contratos. Si hay omisión el proceso será invalidado y el contrato colectivo concluirá. No obstante, el patrón deberá cumplir con las prestaciones del acuerdo extinto “lo cual es un contrasentido, porque la fuente de obligación es el contrato y si el contrato ya está terminado, ¿cómo exigirle a las empresas seguir pagando las prestaciones?”, cuestionó.

Dio a conocer que esas son algunas razones por las que diversos gremios solicitaron amparos contra la Reforma Laboral al Poder Judicial Federal. Muchos están en trámites, algunos favorecieron a los sindicatos con suspensiones provisionales y unos cuantos derivaron en cancelaciones definitivas.

La Reforma Laboral aún tiene muchos temas por resolver. La postura de la CTM es clara: los cambios atentan contra el principio de libertad sindical y crea un clima de incertidumbre “incluso en las propias empresas para invertir, de no respeto a los derechos sindicales”, puntualizó.

Tuxtla Gutiérrez.- La Reforma Laboral aprobada este año inhibirá aún más la inversión privada y fomentará todavía más la violación a los derechos sindicales, de acuerdo con el coordinación nacional jurídico de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Gustavo Macías Sandoval.

Dijo que hay inconsistencias en las modificaciones efectuadas a la legislación en la materia. Una de ella es que a partir de este año pueden constituirse “sindicatos de no trabajadores”, debido a que durante los ajustes las autoridades suprimieron el término “trabajadores activos” en la Ley Federal del Trabajo.

Hay antecedentes de casos de ese tipo. En lo que va de este sexenio la Secretaría del Trabajo y Previsión Social federal (STPS) registró el primer sindicato de no trabajadores. Ese sindicato estuvo involucrado en los conflictos laborales que ocurrieron en el Norte del país a inicios del año, de los cuales el último tuvo resolución hace apenas unas semanas, aseguró.

El exrepresentante de la CTM ante la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) informó que el protocolo que los gremios tienen que seguir para revalidar los contratos colectivos que existían antes de la Reforma Laboral “está plagado de discrecionalidad”. Por ejemplo, no especifica las condiciones que llevarán a la STPS a invalidar el proceso de consulta; además, todos los formatos que deben emplearse también deben solicitarse a esa dependencia.

Los sindicatos tienen hasta 2023 para legitimar los contratos. Si hay omisión el proceso será invalidado y el contrato colectivo concluirá. No obstante, el patrón deberá cumplir con las prestaciones del acuerdo extinto “lo cual es un contrasentido, porque la fuente de obligación es el contrato y si el contrato ya está terminado, ¿cómo exigirle a las empresas seguir pagando las prestaciones?”, cuestionó.

Dio a conocer que esas son algunas razones por las que diversos gremios solicitaron amparos contra la Reforma Laboral al Poder Judicial Federal. Muchos están en trámites, algunos favorecieron a los sindicatos con suspensiones provisionales y unos cuantos derivaron en cancelaciones definitivas.

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