/ domingo 21 de mayo de 2023

Proyecto Circuito Interior en Tuxtla no es compatible con la Norma Oficial Mexicana

El objetivo es mejorar las condiciones de bienestar de todas las personas, su derecho al uso y disfrute de espacios públicos de calidad

El Colectivo Menos Puentes más Ciudad pública en sus redes sociales la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDATU-2022, emitida por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), de fecha 13 de agosto del 2012, que se refiere a el equipamiento en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial, Clasificación, Terminología y Aplicación, que tiene por objetivo identificar y diferenciar los equipamientos públicos y privados en los distintos instrumentos de planeación para contar con herramientas actualizadas, coherentes y sólidas.

Tras no hacerse público por parte de la Secretaría de Obras Públicas el proyecto ejecutivo y el sustento técnico del proyecto denominado Circuito Interior Chiapas de Corazón, no obstante haber presentado más de 40 solicitudes de información y más de ocho solicitudes de audiencia, el colectivo explica que esta Norma Oficial Mexicana (NOM) es la segunda regulación técnica que emite la Sedatu y aborda exclusivamente la terminología, clasificación y jerarquización de los elementos del equipamiento para que exista un principio de coherencia en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial.

El colectivo explica que esta Norma Oficial Mexicana (NOM) es la segunda regulación técnica / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

Con ello, reforzar el artículo 9 fracción III de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, el documento especifica que el equipamiento público es financiado principalmente por el Estado y su cobertura es para la población en general; se vincula con cinco pilares principales de aplicación: políticas urbanas nacionales, legislación y normativas urbanas, planificación y diseño urbano, economía local y finanzas municipales e implementación local.

Compara la norma oficial federal con la propuesta de crear la infraestructura en un segundo piso de 2.1 kilómetros con una inversión de 2 mil 300 millones de pesos, que sostiene sería una obra muy costosa que afectaría ecosistemas de Tuxtla Gutiérrez tan solo para beneficiar al 11% de la población de la capital que usa autos particulares para su movilidad, mientras que el 89% de la población utiliza transporte público.

Compara la norma oficial federal con la propuesta de crear la infraestructura en un segundo piso / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

La NOM-002-SEDATU-2022 es una herramienta de planeación urbana que está a disposición de todos los órdenes de gobierno con el objetivo de homologar la terminología y mejorar las condiciones de bienestar de todas las personas y su derecho al uso y disfrute de espacios públicos de calidad.

Esta NOM clasifica el equipamiento por subsistemas dentro de la preclasificación por actividades, siendo estas de abasto, culturales, deportivas, educativas, económicas, sociales y de traslado.

Los objetivos son reforzar el concepto y distinción entre el equipamiento público y privado, plantear un mayor equilibrio y una clasificación entre los subsistemas considerando los niveles de atención y su jerarquía, ampliar y proponer nuevos elementos, buscar mayor flexibilidad de los componentes, así como simplificarlos.

Los objetivos son reforzar el concepto y distinción entre el equipamiento público y privado / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

La regulación surge luego del incremento de la participación de la iniciativa privada para evitar inconsistencias y vacíos en un sistema que es fundamental para la planeación territorial y urbana; evitando que las donaciones y cesiones exigidas por la ley se privaticen, ya que, si bien existen diferencias entre el sector público y privado, sobre todo en la lógica financiera, la similitud entre los servicios prestados es notable y en muchos casos están regulados por la misma legislación.

La obra que se ha propuesto realizar para enlazar los libramientos norte y sur impactaría el boulevard Manuel Velasco Suárez, prolongación Caña Hueca, Reloj Floral, entronque con boulevard Los Laguitos y quinta norte frente a los parques urbanos Tuchtlán, Joyyo Mayu y Caña Hueca, refugio de 148 especies de aves.

Esta NOM clasifica el equipamiento por subsistemas dentro de la preclasificación por actividades / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

El 22 de marzo de este año el ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez presidido por Carlos Orsoé Morales Vázquez, autorizó el derribo de 485 árboles y el trasplante de 97 árboles, con esta determinación se amparó el colectivo y la autoridad municipal emitió una segunda autorización el 14 de abril para el trasplante de 582 árboles en las vialidades de impacto de la obra, y por está autorización también recurrió al amparo, por lo que en este momento la propuesta sigue en suspenso en tanto se resuelven todos los asuntos legales.

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El Colectivo Menos Puentes más Ciudad pública en sus redes sociales la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEDATU-2022, emitida por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), de fecha 13 de agosto del 2012, que se refiere a el equipamiento en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial, Clasificación, Terminología y Aplicación, que tiene por objetivo identificar y diferenciar los equipamientos públicos y privados en los distintos instrumentos de planeación para contar con herramientas actualizadas, coherentes y sólidas.

Tras no hacerse público por parte de la Secretaría de Obras Públicas el proyecto ejecutivo y el sustento técnico del proyecto denominado Circuito Interior Chiapas de Corazón, no obstante haber presentado más de 40 solicitudes de información y más de ocho solicitudes de audiencia, el colectivo explica que esta Norma Oficial Mexicana (NOM) es la segunda regulación técnica que emite la Sedatu y aborda exclusivamente la terminología, clasificación y jerarquización de los elementos del equipamiento para que exista un principio de coherencia en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial.

El colectivo explica que esta Norma Oficial Mexicana (NOM) es la segunda regulación técnica / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

Con ello, reforzar el artículo 9 fracción III de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, el documento especifica que el equipamiento público es financiado principalmente por el Estado y su cobertura es para la población en general; se vincula con cinco pilares principales de aplicación: políticas urbanas nacionales, legislación y normativas urbanas, planificación y diseño urbano, economía local y finanzas municipales e implementación local.

Compara la norma oficial federal con la propuesta de crear la infraestructura en un segundo piso de 2.1 kilómetros con una inversión de 2 mil 300 millones de pesos, que sostiene sería una obra muy costosa que afectaría ecosistemas de Tuxtla Gutiérrez tan solo para beneficiar al 11% de la población de la capital que usa autos particulares para su movilidad, mientras que el 89% de la población utiliza transporte público.

Compara la norma oficial federal con la propuesta de crear la infraestructura en un segundo piso / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

La NOM-002-SEDATU-2022 es una herramienta de planeación urbana que está a disposición de todos los órdenes de gobierno con el objetivo de homologar la terminología y mejorar las condiciones de bienestar de todas las personas y su derecho al uso y disfrute de espacios públicos de calidad.

Esta NOM clasifica el equipamiento por subsistemas dentro de la preclasificación por actividades, siendo estas de abasto, culturales, deportivas, educativas, económicas, sociales y de traslado.

Los objetivos son reforzar el concepto y distinción entre el equipamiento público y privado, plantear un mayor equilibrio y una clasificación entre los subsistemas considerando los niveles de atención y su jerarquía, ampliar y proponer nuevos elementos, buscar mayor flexibilidad de los componentes, así como simplificarlos.

Los objetivos son reforzar el concepto y distinción entre el equipamiento público y privado / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

La regulación surge luego del incremento de la participación de la iniciativa privada para evitar inconsistencias y vacíos en un sistema que es fundamental para la planeación territorial y urbana; evitando que las donaciones y cesiones exigidas por la ley se privaticen, ya que, si bien existen diferencias entre el sector público y privado, sobre todo en la lógica financiera, la similitud entre los servicios prestados es notable y en muchos casos están regulados por la misma legislación.

La obra que se ha propuesto realizar para enlazar los libramientos norte y sur impactaría el boulevard Manuel Velasco Suárez, prolongación Caña Hueca, Reloj Floral, entronque con boulevard Los Laguitos y quinta norte frente a los parques urbanos Tuchtlán, Joyyo Mayu y Caña Hueca, refugio de 148 especies de aves.

Esta NOM clasifica el equipamiento por subsistemas dentro de la preclasificación por actividades / Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas

El 22 de marzo de este año el ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez presidido por Carlos Orsoé Morales Vázquez, autorizó el derribo de 485 árboles y el trasplante de 97 árboles, con esta determinación se amparó el colectivo y la autoridad municipal emitió una segunda autorización el 14 de abril para el trasplante de 582 árboles en las vialidades de impacto de la obra, y por está autorización también recurrió al amparo, por lo que en este momento la propuesta sigue en suspenso en tanto se resuelven todos los asuntos legales.

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