A partir de este viernes 5 de abril, se impondrán multas de hasta poco más de 160 mil pesos a los patrones y empresas que no inscriban a sus trabajadores en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot). La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), reforma la fracción III del Artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), para garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales.
Multa por no inscribirse al Fonacot
Según las modificaciones al Artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, las multas van desde 5 mil 428.5 hasta 162 mil 855 pesos para los patrones que no cumplan con sus obligaciones, como la afiliación al Infonacot.
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¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo sobre el Infonacot?
El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo establece las obligaciones de los patrones con sus trabajadores, incluyendo la afiliación al Infonacot. Las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados en noviembre de 2019 resaltan la importancia de esta afiliación, no solo para el acceso de los trabajadores a créditos en condiciones favorables, sino también para mejorar el clima laboral y la productividad.