/ sábado 24 de febrero de 2024

¿Es un delito usar la bandera en la ropa?

La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales se erige como un marco legal detallado que establece con precisión las características y proporciones que deben tener la bandera y el escudo nacional

En México, el respeto a los símbolos patrios es un principio fundamental arraigado en la cultura nacional. La página oficial de la Secretaría de Gobernación (Segob) advierte categóricamente que está "estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos". Esta advertencia no solo se sustenta en valores morales, sino que también se respalda con un conjunto de leyes que imponen castigos severos a quienes infrinjan estas reglas.

8 de febrero de 1984 , se promulgó la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, una legislación que regula el uso, las características y la difusión de los símbolos patrios en todo el país. En esta ley se establecen claramente.

Acciones que se consideran infracciones a la misma


  • Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
  • Utilizar el escudo nacional sin autorización.
  • Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
  • Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
  • Portar la banda presidencial.
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional, ya sea mediante composiciones o arreglos, o con fines de lucro.

La venta de cierto artículo autorizado / Foto: Archivo / El Heraldo de Chiapas

La Secretaría de Gobernación (Segob) es la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de esta ley, y todas las autoridades del país tienen la responsabilidad de colaborar en su aplicación.

3 sanciones por faltar al respeto a los símbolos patrios son rigurosas


  1. 1. Amonestación con apercibimiento:

  1. Esta medida implica una llamada de atención o advertencia a quienes incumplan la ley, sirviendo como aviso previo a sanciones más severas.

  1. 2. Multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el momento de la infracción.

  1. Esto equivale a 962,200 pesos mexicanos, y la multa puede acumularse por cada día que persista la infracción.

  1. 3. Arresto de hasta 36 horas:

  1. casos graves de infracción, las autoridades pueden imponer esta medida como castigo adicional.

Es importante destacar que el respeto a los símbolos patrios es un componente esencial de la identidad y la cultura mexicana. Las leyes y sanciones existen para proteger y preservar estos símbolos, y es responsabilidad de todos los ciudadanos conocer y respetar estas normativas para fortalecer el sentimiento de unidad nacional. La Secretaría de Gobernación y las autoridades educativas están disponibles para brindar orientación sobre el uso correcto de los Símbolos Patrios, asegurando que se mantenga su integridad y significado.

En México, el respeto a los símbolos patrios es un principio fundamental arraigado en la cultura nacional. La página oficial de la Secretaría de Gobernación (Segob) advierte categóricamente que está "estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos". Esta advertencia no solo se sustenta en valores morales, sino que también se respalda con un conjunto de leyes que imponen castigos severos a quienes infrinjan estas reglas.

8 de febrero de 1984 , se promulgó la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, una legislación que regula el uso, las características y la difusión de los símbolos patrios en todo el país. En esta ley se establecen claramente.

Acciones que se consideran infracciones a la misma


  • Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
  • Utilizar el escudo nacional sin autorización.
  • Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
  • Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
  • Portar la banda presidencial.
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional, ya sea mediante composiciones o arreglos, o con fines de lucro.

La venta de cierto artículo autorizado / Foto: Archivo / El Heraldo de Chiapas

La Secretaría de Gobernación (Segob) es la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de esta ley, y todas las autoridades del país tienen la responsabilidad de colaborar en su aplicación.

3 sanciones por faltar al respeto a los símbolos patrios son rigurosas


  1. 1. Amonestación con apercibimiento:

  1. Esta medida implica una llamada de atención o advertencia a quienes incumplan la ley, sirviendo como aviso previo a sanciones más severas.

  1. 2. Multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el momento de la infracción.

  1. Esto equivale a 962,200 pesos mexicanos, y la multa puede acumularse por cada día que persista la infracción.

  1. 3. Arresto de hasta 36 horas:

  1. casos graves de infracción, las autoridades pueden imponer esta medida como castigo adicional.

Es importante destacar que el respeto a los símbolos patrios es un componente esencial de la identidad y la cultura mexicana. Las leyes y sanciones existen para proteger y preservar estos símbolos, y es responsabilidad de todos los ciudadanos conocer y respetar estas normativas para fortalecer el sentimiento de unidad nacional. La Secretaría de Gobernación y las autoridades educativas están disponibles para brindar orientación sobre el uso correcto de los Símbolos Patrios, asegurando que se mantenga su integridad y significado.

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