/ sábado 15 de agosto de 2020

Violencia política de género alcanza 10 años de prisión: Tribunal Electoral

Antes de junio era común la violencia política en razón de género


Con la reciente reforma electoral de junio de este año por el Congreso del Estado existe un catálogo de delitos por la comisión de actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, así como la suspensión de derechos político electorales para quien los cometa, expuso la presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, Cecilia Sofía de Jesús Ruiz Olvera.

Aunado a ello, se prevé en la nueva Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Chiapas, que el incumplimiento de sentencias dictadas por Tribunal Electoral, tiene como consecuencia, una serie de sanciones que van desde la multa hasta por mil Unidades de Medida y Actualización, la inhabilitación de servidores públicos para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión públicos, e incluso pena de prisión hasta por 10 años.



Precisa que, hasta antes de la reforma de junio del año en curso, las sentencias relacionadas con violencia política de género tenían únicamente como efecto la visibilización, y en caso de incumplimiento de las resoluciones, los responsables se podían hacer acreedores a una serie de medidas de apremio como amonestación, multa o arresto administrativo hasta por 36 horas.

El 24 de junio de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado el decreto número 234 que reformó y adicionó diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, para atender los temas relacionados con paridad de género y violencia política por razones de género, antes de esta fecha el Tribunal Electoral local no contaba con una legislación especial aplicable para su atención.

Sin embargo, aclara Ruiz Olvera, no existía como tal una sanción para quiénes directa o indirectamente cometieran actos de violencia política de género contra las mujeres, por lo que era común que éstos no dieran cumplimiento a las sentencias y que no representara un problema para ellos haber sido condenados por violencia política de género, afirma el órgano jurisdiccional.


Lee también: Exigen sentencias a inculpados de violencia de género: Angélica Karina


El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas ha recibido 31 demandas por violencia política por razones de género, de las cuales se han emitido un total de 22, resoluciones con perspectiva de género desde el 2016, hasta el presente año, esta última cifra se debe a que algunas demandas fueron acumuladas para ser resueltas en una misma sentencia.



Con la reciente reforma electoral de junio de este año por el Congreso del Estado existe un catálogo de delitos por la comisión de actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, así como la suspensión de derechos político electorales para quien los cometa, expuso la presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, Cecilia Sofía de Jesús Ruiz Olvera.

Aunado a ello, se prevé en la nueva Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Chiapas, que el incumplimiento de sentencias dictadas por Tribunal Electoral, tiene como consecuencia, una serie de sanciones que van desde la multa hasta por mil Unidades de Medida y Actualización, la inhabilitación de servidores públicos para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión públicos, e incluso pena de prisión hasta por 10 años.



Precisa que, hasta antes de la reforma de junio del año en curso, las sentencias relacionadas con violencia política de género tenían únicamente como efecto la visibilización, y en caso de incumplimiento de las resoluciones, los responsables se podían hacer acreedores a una serie de medidas de apremio como amonestación, multa o arresto administrativo hasta por 36 horas.

El 24 de junio de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado el decreto número 234 que reformó y adicionó diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, para atender los temas relacionados con paridad de género y violencia política por razones de género, antes de esta fecha el Tribunal Electoral local no contaba con una legislación especial aplicable para su atención.

Sin embargo, aclara Ruiz Olvera, no existía como tal una sanción para quiénes directa o indirectamente cometieran actos de violencia política de género contra las mujeres, por lo que era común que éstos no dieran cumplimiento a las sentencias y que no representara un problema para ellos haber sido condenados por violencia política de género, afirma el órgano jurisdiccional.


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El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas ha recibido 31 demandas por violencia política por razones de género, de las cuales se han emitido un total de 22, resoluciones con perspectiva de género desde el 2016, hasta el presente año, esta última cifra se debe a que algunas demandas fueron acumuladas para ser resueltas en una misma sentencia.


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